Segurtempo

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¿Quién es segurtempo?

Mucho más que una Correduría

SEGURO HOY, PARA MAÑANA.

SEGURTEMPO somos un equipo de más de 50 profesionales, con una amplia experiencia para garantizarte el mejor asesoramiento en la contratación de tus seguros, ayudarte a conocerlos y proteger tus riesgos con los productos, garantías y límites adecuados, y al mejor precio.

Trabajamos con más de 40 aseguradoras, seleccionando lo mejor de cada una de ellas, mejorando sus productos con nuestra aportación de valor, en beneficio de nuestros clientes.

En el área de empresas, diseñamos programas a medida adaptados a las necesidades de cada sector, siendo ya un referente en los sectores industrial, alimentación, restauración, educación e inmobiliario.

Para particulares y familias, somos especialistas en salud, previsión, productos de ahorro y planes de pensiones y contamos con las mejores soluciones para proteger tu hogar, tu auto y tu moto.

Cuenta con nosotros

Qué aportamos

Los seguros se pueden contratan directamente con la aseguradora o sus agentes, pero la contratación a través de SEGURTEMPO presenta muchas ventajas y servicios diferenciales.

Sí, Tramitamos tus siniestros

Ya lo hacemos nosotros

  • Asesoramiento en la declaración del siniestro.
  • Revisión del condicionado.
  • Seguimiento de la peritación, informe y valoración.
  • Reclamación a terceros.
  • Revisión de rechazos de indemnización.
  • Validación del acuerdo de indemnización.
  • Seguimiento del pago en los plazos adecuados.

¿Tienes alguna pregunta? Es normal

Preguntas frecuentes

Una correduría de seguros es una empresa reconocida por la dirección general de seguros, cuyo cometido es ayudar a sus clientes a identificar sus riesgos, buscar las soluciones aseguradoras que mejor se adapten a esos riesgos y acompañarlos en todos los procesos que requiere la actividad aseguradora y en especial en los siniestros.

El sector asegurador es muy complicado e intervienen muchos factores como, entidades aseguradoras, conocimiento del mercado, legislación, proveedores y profesionales. La correduría se encarga de que la póliza se contrate sin errores y en el caso de un siniestro, está a tu lado para asegurarse de que las garantías de la póliza se cumplan.

Es aquel acontecimiento que, previsto en el contrato de seguro, ocasiona daños en la persona o bienes del asegurado, obligando por ello a la entidad aseguradora a indemnizar al asegurado o a sus beneficiarios, en los términos previstos en la póliza.

El contrato de seguro es el documento, denominado póliza en el argot asegurador, en el que se plasman todas las normas que regularán la relación contractual entre las partes (asegurador y asegurado) en términos de aseguramiento y en el que se especifican los derechos y obligaciones de ambos. Está definido en el artículo 1 de la Ley de Contrato de Seguro.

Las corredurías se retribuyen mediante las comisiones que les pagan las aseguradoras y los precios de las pólizas no varían con independencia de con quien se contraten. Las corredurías suelen trabajar con líneas de descuentos y conocen las ofertas que en todo momento tienen las aseguradoras, por lo tanto, lo más probable es que el precio sea incluso más barato contratando a través de una correduría.

Puede definirse como fraude al seguro toda aquella actividad que busque obtener mediante el engaño y en el marco de una relación aseguradora, unas prestaciones indebidas.

Lo antes posible, una vez se tiene conocimiento del mismo. La Ley de Contrato de Seguro
establece un plazo máximo de siete días, desde la ocurrencia del hecho que origina el siniestro,
para la comunicación del mismo, así como la obligación del tomador de facilitar toda la
información sobre las circunstancias y consecuencias del mismo.

Si se impaga la prima inicial, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima en vía judicial ejecutiva. Además, en caso de ocurrencia de siniestro, el asegurador quedará liberado de su obligación de indemnizar. Por otra parte, en caso de falta de pago de cualquiera de las primas sucesivas, el riesgo quedará cubierto durante un mes después del vencimiento de la misma (mes de gracia). Si el asegurador no reclama la prima en los 6 meses siguientes a dicho vencimiento, el contrato queda extinguido.

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